HABLEMOS MEJOR DE PERSONAS

Por Sara Romero y Estefanía Utanda

Desde que España se convierte en el país de recepción de personas migrantes, año 2006, a los españoles y a las españolas, nos engalanan con el traje de país europeo de primera clase. 

Ese es el momento, en el que los medios de comunicación con su poder de información y desinformación, nos van explicando a la ciudadanía que, estamos por encima de ellos y de ellas, que ya no tenemos que hacer trabajos físicos, duros, vamos de segunda, porque, eso, ya es para esas personas. 

Los años pasan, esas personas, nos guste más o menos, van formando parte de nuestras vidas, en los centros escolares, en los centros médicos, en los centros de trabajo…. Entonces, vienen los nuevos titulares, y nosotros, seguimos sin haber aprendido a tener un pensamiento crítico, seguimos creyéndonos, a pies juntillas, las justificaciones, que vamos escuchando y que hacemos nuestros. 

¿Es cierto que los extranjeros tienen más ayudas? Puede que esta afirmación tenga algo de razón. Obviamente, las ayudas sociales, casi en su totalidad, tienen unos requisitos que cumplir y una documentación que entregar, y es que, si tu renta es menos de «x», tendrás derecho a esa ayuda económica, porque quizás, no tengas medios económicos propios para poder llevar una vida digna. Existen normativas que regulan la concesión de las ayudas sociales con criterios basados en las circunstancias particulares de la persona o familia receptora de las mismas, y no en su nacionalidad. Y es que, tal y cómo La Ley de Extranjería afirma en su artículo 14: «los extranjeros residentes tienen derecho a los servicios y a las prestaciones sociales, tanto a las generales y básicas como a las específicas, en las mismas condiciones que los españoles sea cual sea su situación administrativa”, esto último, en la práctica no es cierto. Estas personas que tienen derecho a percibir esta ayuda económica tendrán que estar en situación regular, porque de no ser así, no podrán aportar documentación para justificar su falta de ingresos económicos. Pero, ¿y qué pasa con aquellas personas que están en situación irregular? No existen para las administraciones públicas, pero, sin embargo, si pagan el IVA de los artículos de necesidad básica, de la luz, del agua ¿Entonces? Aun estando en situación irregular y no recibir ayudas sociales, pagan el IVA, y eso sí, como tú y como yo, ¿verdad? Pero como tú y como yo, no tienen derecho a andar tranquilas por la calle sin que le pidan la documentación irregular, a encontrar un trabajo con contrato de trabajo o sin contrato, pero que lo elija ella, como tú y como yo, ¡también! 

“Los inmigrantes nos quitan el trabajo”. Los datos contradicen el mito de que los extranjeros «roban» el trabajo a los españoles: los afiliados a la Seguridad Social el 29 de enero de 2021 eran 2.045.631 extranjeros y 16.781.000 españoles. Esto supone que el 10,86% de los afiliados a la seguridad social eran extranjeros, cifra muy parecida al 11% de población extranjera en España. De estas personas extranjeras, que tienen la suerte de tener su documentación en vigor y encontrar un empleo con contrato legal, en 2019, solo accedieron a prestaciones por desempleo una media anual de 192.242, de 1.668.858 de personas españolas. Los estudios y titulaciones de los inmigrantes no siempre son reconocidos en España, por lo que no pueden acceder a trabajos para los que están cualificados. En muchas ocasiones, dichos trabajos se encuentran por debajo de su cualificación. La precariedad también es mayor. Existe una concentración de la población inmigrante en puestos de trabajo con condiciones laborales negativas y en sectores muy inestables. La mayor presencia de inmigrantes (sobre todo mujeres) en empleo doméstico y en el cuidado de niños y mayores ha facilitado la conciliación laboral, familiar y personal en España, con el consiguiente impulso en términos laborales, fiscales y de consumo para la economía. 

No existe una paga específica para los inmigrantes, ninguna prestación social solo para ellos, ningún trato de favor. En España es un derecho de los extranjeros, el solicitar protección internacional, y durante este proceso, también tienen derecho a que sus necesidades básicas sean cubiertas, mientras su proceso de protección internacional se resuelve. 

«Los inmigrantes no serán tan pobres si tienen todos un smartphone». Según la serie estadística del Banco Mundial, en el año 2019 éramos 7.674 millones de habitantes en el mundo y 8.196 millones de suscripciones de planes de telefonía móvil. En el planeta hay más teléfonos móviles que personas. 

“Se les acoge en hoteles de 5 estrellas”. Durante la pandemia se tuvo que acoger de manera urgente e inminente, al igual que ocurrió durante la acogida de personas ucranianas, pero además, esos hoteles al margen de las estrellas que tuviesen, eran atendidos por personas españolas, las cuales tuvieron la grandísima suerte, de poder seguir trabajando y que sus empresas no tuviesen que entrar en ERTE o cerrar sus puertas, con la consecuente subida del desempleo y, por ende, el empobrecimiento de las familias. 

Los menores inmigrantes nacidos en España son españoles. En España, los menores nacidos aquí de padres extranjeros adquieren la nacionalidad del padre. Salvo, países que tienen convenio con el estado español. 

“Los inmigrantes saturan los servicios sanitarios”. Hay personas que piensan que la población inmigrante satura la sanidad y abusa de los servicios de atención primaria y urgencias. También hay quien piensa que vienen a España porque la sanidad es gratuita y que se aprovechan del sistema. El 17% de la población de la inmigración no ha ido al médico en el último año, frente al 12% de la población española.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Jose Maria Pedrosa Muñoz.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a WordPress que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.

Secciones

Temas

Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si acepta o continúa navegando, consideramos que acepta su uso.    Más información
Privacidad